Estatutos de la Sociedad Odontológica Forense de México (SOFoM)

Actualizado el 01 de abril de 2025

Sección 1: Identidad

1.1 Nombre Oficial: Sociedad Odontológica Forense de México S.C.
1.2 Abreviatura Oficial: SOFoM.

 

Sección 2: Definiciones Generales

En estos Estatutos:

  • Junta: Junta Directiva de la Sociedad.
  • Comité: Comité Ejecutivo.
  • Asamblea General: Reunión Anual o Especial de la Sociedad.
  • Sociedad: Sociedad Odontológica Forense de México (SOFoM).

 

Sección 3: Objeto, Misión, Visión y Valores

3.1 Objeto:
Promover la odontología forense mediante educación, investigación y colaboración interdisciplinaria.

3.2 Misión:
Establecer estándares de calidad y certificar profesionales en odontología forense.

3.3 Visión:
Ser referente nacional e internacional en la disciplina.

3.4 Valores:

  • Rigurosidad científica.
  • Independencia y autonomía.
  • Ética profesional.
  • Dignidad humana.

 

Sección 4: Miembros

4.1 Socios Fundadores/Plenos

  • Definición: Únicos con derechos legales, voz y voto (nombrados en acta constitutiva).
  • Requisitos:
  • Odontólogos forenses con 10+ años de experiencia.
  • Aprobación unánime de Socios existentes para incorporar nuevos.

4.2 Miembros Adheridos (Sin derechos legales ni voto)

Tipos:
a) Profesional: Exclusivo para profesionales que ejerzan activamente la odontología forense dentro de un organismo vinculado a la disciplina.

b) Asociado: Abierto a profesionales en odontología y especialidades afines con interés académico o profesional en odontología forense.

c) Estudiante: Estudiantes de pregrado o posgrado en odontología y especialidades afines con interés académico o profesional en odontología forense.
d) Honorario/Emérito: Otorgado por contribuciones excepcionales a la odontología forense. Sin cuotas. Invitación aprobada por unanimidad de la Junta y/o Comité.

Beneficios:

  • Descuentos en eventos/cursos.
  • Asesorías personalizadas.
  • Certificación curricular.

Proceso de Postulación:

  • Solicitud escrita, documentación comprobatoria y pago de cuotas. (Anexo 1. Solicitud de Miembros)

Obligaciones:

  • Cumplir con el Código de Ética (Sección 5).
  • Renovación y revisión anual para Miembros Profesionales.

 

Sección 5: Código de Conducta y Ética

5.1. Adhesión al Código

a) Todo miembro, al ingresar a SOFoM, acepta automáticamente este código.

b) Los Miembros Profesionales deberán renovar la documentación comprobatoria cada 2 años.

5.2. Principios Básicos

  • Ejercer con rigor científico
  • Mantener confidencialidad
  • Evitar conflictos de interés
  • Abstenerse de discriminación

5.3. Prohibiciones

  • Alterar o falsificar resultados, credenciales o información académica.
  • Utilizar el nombre/logo de SOFoM sin autorización expresa.
  • Ejercer sin título y cédula profesional o fuera del ámbito de competencia.
  • Emitir declaraciones públicas como «portavoz oficial» sin aprobación de la Junta o Comité.

5.5. Sanciones

  1. a) Leves (ej. incumplimiento de plazos): Amonestación privada por escrito.
  2. b) Graves (ej. conflicto de interés no declarado): Suspensión temporal (1-3 años).
  3. c) Muy graves (ej. fraude o falsificación de datos): Expulsión + informe a las autoridades.

     

    Sección 6: Gobierno y Toma de Decisiones

    6.1 Socios Plenos

    • Atribuciones:
    • Modificar estatutos.
    • Nombrar/remover al Comité Ejecutivo.
    • Aprobar presupuestos.

    6.2 Comité Ejecutivo (Administrativo)

    Miembros:

    • Director General: Representación legal y supervisión estratégica.
    • Coordinador Académico: Programas educativos.
    • Coordinador Científico: Investigación y validación científica.

    Elección y Renovación:

    • Período: 5 años, con posibilidad de reelección por 1 período más.
    • Proceso Electoral:
    • Votación secreta en Asamblea General.
    • Quórum del 60% de la Junta y del Comité.
    • Mayoría simple (50% + 1 votos válidos).
    • Vacantes: Designación interina por la Junta hasta próxima Asamblea.

     

    Sección 7: Presupuesto y Contabilidad

    7.1 Año financiero: 1 de enero al 31 de diciembre.
    7.2 Ingresos: Cuotas, donaciones, ventas de publicaciones.
    7.3 No reembolsos: Pagos son personales e intransferibles.

     

    Sección 8: Reuniones y Comunicación

    8.1 Reunión Anual: Abril (fecha y lugar determinados por Junta).
    8.2 Convocatoria: Notificación con 10-30 días de antelación.

    8.3 Comunicación Oficial:

    • Declaraciones públicas solo por Director General.
    • Redes sociales manejadas por el Comité.

     

    Sección 9: Disolución de la Sociedad

    9.1 Causales:

    • Voto de 2/3 de Comité Ejecutivo en Asamblea Extraordinaria.
    • Incumplimiento de objetivos por 24+ meses.

    9.2 Destino de activos: Transferencia a institución académica/sin fines de lucro.

     

    Sección 10: Protección de Datos Personales

    10.1 Tratamiento: Confidencialidad según Ley Federal de Protección de Datos. (Anexo 2. Aviso de privacidad)
    10.2 Derechos: Rectificación o cancelación mediante solicitud escrita.

     

    Sección 11: Disposiciones Finales

    11.1 Modificaciones: Aprobadas por Socios Plenos.

    11.2 Vigencia: A partir desde su aprobación en Asamblea General del 1 de abril de 2025.

    11.3 Actualización: Revisión bienal obligatoria por la Junta.

    11.4 Las omisiones serán resueltas por el Comité Ejecutivo.

     

    Nota: Estos Estatutos se operativizan a través del Manual de Políticas y Procedimientos de SOFoM, documento accesible a todos los miembros a través de solicitud por escrito vía correo electrónico.

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