
Estatutos de la Sociedad Odontológica Forense de México (SOFoM)
Actualizado el 01 de abril de 2025
Sección 1: Identidad
1.1 Nombre Oficial: Sociedad Odontológica Forense de México S.C.
1.2 Abreviatura Oficial: SOFoM.
Sección 2: Definiciones Generales
En estos Estatutos:
- Junta: Junta Directiva de la Sociedad.
- Comité: Comité Ejecutivo.
- Asamblea General: Reunión Anual o Especial de la Sociedad.
- Sociedad: Sociedad Odontológica Forense de México (SOFoM).
Sección 3: Objeto, Misión, Visión y Valores
3.1 Objeto:
Promover la odontología forense mediante educación, investigación y colaboración interdisciplinaria.
3.2 Misión:
Establecer estándares de calidad y certificar profesionales en odontología forense.
3.3 Visión:
Ser referente nacional e internacional en la disciplina.
3.4 Valores:
- Rigurosidad científica.
- Independencia y autonomía.
- Ética profesional.
- Dignidad humana.
Sección 4: Miembros
4.1 Socios Fundadores/Plenos
- Definición: Únicos con derechos legales, voz y voto (nombrados en acta constitutiva).
- Requisitos:
- Odontólogos forenses con 10+ años de experiencia.
- Aprobación unánime de Socios existentes para incorporar nuevos.
4.2 Miembros Adheridos (Sin derechos legales ni voto)
Tipos:
a) Profesional: Exclusivo para profesionales que ejerzan activamente la odontología forense dentro de un organismo vinculado a la disciplina.
b) Asociado: Abierto a profesionales en odontología y especialidades afines con interés académico o profesional en odontología forense.
c) Estudiante: Estudiantes de pregrado o posgrado en odontología y especialidades afines con interés académico o profesional en odontología forense.
d) Honorario/Emérito: Otorgado por contribuciones excepcionales a la odontología forense. Sin cuotas. Invitación aprobada por unanimidad de la Junta y/o Comité.
Beneficios:
- Descuentos en eventos/cursos.
- Asesorías personalizadas.
- Certificación curricular.
Proceso de Postulación:
- Solicitud escrita, documentación comprobatoria y pago de cuotas. (Anexo 1. Solicitud de Miembros)
Obligaciones:
- Cumplir con el Código de Ética (Sección 5).
- Renovación y revisión anual para Miembros Profesionales.
Sección 5: Código de Conducta y Ética
5.1. Adhesión al Código
a) Todo miembro, al ingresar a SOFoM, acepta automáticamente este código.
b) Los Miembros Profesionales deberán renovar la documentación comprobatoria cada 2 años.
5.2. Principios Básicos
- Ejercer con rigor científico
- Mantener confidencialidad
- Evitar conflictos de interés
- Abstenerse de discriminación
5.3. Prohibiciones
- Alterar o falsificar resultados, credenciales o información académica.
- Utilizar el nombre/logo de SOFoM sin autorización expresa.
- Ejercer sin título y cédula profesional o fuera del ámbito de competencia.
- Emitir declaraciones públicas como «portavoz oficial» sin aprobación de la Junta o Comité.
5.5. Sanciones
- a) Leves (ej. incumplimiento de plazos): Amonestación privada por escrito.
- b) Graves (ej. conflicto de interés no declarado): Suspensión temporal (1-3 años).
- c) Muy graves (ej. fraude o falsificación de datos): Expulsión + informe a las autoridades.
Sección 6: Gobierno y Toma de Decisiones
6.1 Socios Plenos
- Atribuciones:
- Modificar estatutos.
- Nombrar/remover al Comité Ejecutivo.
- Aprobar presupuestos.
6.2 Comité Ejecutivo (Administrativo)
Miembros:
- Director General: Representación legal y supervisión estratégica.
- Coordinador Académico: Programas educativos.
- Coordinador Científico: Investigación y validación científica.
Elección y Renovación:
- Período: 5 años, con posibilidad de reelección por 1 período más.
- Proceso Electoral:
- Votación secreta en Asamblea General.
- Quórum del 60% de la Junta y del Comité.
- Mayoría simple (50% + 1 votos válidos).
- Vacantes: Designación interina por la Junta hasta próxima Asamblea.
Sección 7: Presupuesto y Contabilidad
7.1 Año financiero: 1 de enero al 31 de diciembre.
7.2 Ingresos: Cuotas, donaciones, ventas de publicaciones.
7.3 No reembolsos: Pagos son personales e intransferibles.
Sección 8: Reuniones y Comunicación
8.1 Reunión Anual: Abril (fecha y lugar determinados por Junta).
8.2 Convocatoria: Notificación con 10-30 días de antelación.
8.3 Comunicación Oficial:
- Declaraciones públicas solo por Director General.
- Redes sociales manejadas por el Comité.
Sección 9: Disolución de la Sociedad
9.1 Causales:
- Voto de 2/3 de Comité Ejecutivo en Asamblea Extraordinaria.
- Incumplimiento de objetivos por 24+ meses.
9.2 Destino de activos: Transferencia a institución académica/sin fines de lucro.
Sección 10: Protección de Datos Personales
10.1 Tratamiento: Confidencialidad según Ley Federal de Protección de Datos. (Anexo 2. Aviso de privacidad)
10.2 Derechos: Rectificación o cancelación mediante solicitud escrita.
Sección 11: Disposiciones Finales
11.1 Modificaciones: Aprobadas por Socios Plenos.
11.2 Vigencia: A partir desde su aprobación en Asamblea General del 1 de abril de 2025.
11.3 Actualización: Revisión bienal obligatoria por la Junta.
11.4 Las omisiones serán resueltas por el Comité Ejecutivo.
Nota: Estos Estatutos se operativizan a través del Manual de Políticas y Procedimientos de SOFoM, documento accesible a todos los miembros a través de solicitud por escrito vía correo electrónico.
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